Condiciones de Emisión y Monto de los Títulos Públicos Nacionales


BONTES 11,25%/2004 (BT06) (BONOS DEL TESORO A MEDIANO PLAZO)
 
AVISO COTIZACION AUTORIZADA

ESTA BOLSA DE COMERCIO CON LO SOLICITADO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA LA ADMISION A LA COTIZACION DE LOS BONOS DE TESORO A MEDIANO PLAZO EN DOLARES ESTADOUNIDENSES DENOMINADOS BONTES 11,25%/2004 (BT06) POR LA SUMA DE V/N U$S 2.635.293.608 RESPECTIVAMENTE

PRINCIPALES CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DE EMISION: EMISIONES RESUELTAS POR: RESOLUCIONES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS NROS. 248 Y 250 DEL 12 Y 14 DE MAYO DE 1999 RESPECTIVAMENTE, DE ACUERDO CON LO PREVISTO POR LAS LEYES NROS. 11.672, 24.156 Y 25.064, EL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL NRO. 340/96 Y LA RESOLUCION DE DICHA SECRETARIA NRO. 230/96.

FECHA DE EMISION PARA AMBOS BONOS: 24.05.99

PLAZOS: 5 AÑOS LOS BT06.

FECHA DE VENCIMIENTO: 24.05.2004

MONEDA DE EMISION Y DE PAGO: DOLARES ESTADOUNIDENSES

INTERESES: DEVENGARAN UNA TASA DE INTERES FIJA A PARTIR DE LA FECHA DE LIQUI- DACION (24.05.99). LOS SERVICIOS DE RENTA VENCERAN SEMESTRALMENTE A PLAZO VENCIDO EL 24 DE MAYO Y EL 24 DE NOVIEMBRE DE CADA A/O HASTA EL VENCIMIENTO DEL BONO, COMENZANDO EL 24 DE NOVIEMBRE DE 1999. SE COMPUTARA SOBRE LA BASE DE UN A/O DE 360 DIAS Y DOCE MESES DE 30 DIAS CADA UNO. LA TASA DE LOS BONOS CON VENCIMIENTO EL 24.05.2004 ES DEL 11,25 ANUAL.

FECHA DE REGISTRO: LOS PAGOS SE EFECTUARAN A AQUELLAS PERSONAS A CUYO NOMBRE SE ENCUENTREN REGISTRADOS LOS BONOS AL CIERRE DE OPERACIONES EL DECIMOQUINTO (15) DIA CALENDARIO INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA FECHA DE PAGO DE INTERESES CORRESPONDIENTE (CADA UNA DE DICHAS FECHAS UNA "FECHA DE REGISTRO REGULAR")

AMORTIZACION: INTEGRA AL RESPECTIVO VENCIMIENTO.

VENCIMIENTO EN DIA INHABIL: EN EL SUPUESTO QUE CUALQUIER FECHA DE PAGO NO CAYERA EN UN DIA HABIL, EL TENEDOR DEL BONO NO TENDRA DERECHO AL PAGO HASTA EL SIGUIENTE DIA HABIL, ES DECIR UN DIA EN EL CUAL EN BUENOS AIRES Y EN EL LUGAR DE PAGO CORRESPONDIENTE LOS BANCOS NO ESTUVIERAN AUTORIZADOS U OBLIGADOS A CERRAR YA SEA POR DISPOSICION DE LA LEY O DE UN DECRETO, NO SE PAGARAN INTERESES ADICIONALES EN VIRTUD DE TAL RETRASO EN EL PAGO.

COTIZACION: ADEMAS DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, COTIZARAN EN LA DE LUXEMBURGO.

RESCATE ANTICIPADO: NO PODRAN RESCATARSE ANTES DEL VENCIMIENTO Y NO TENDRAN EL BENEFICIO DE NINGUN FONDO DE RESCATE.

FORMA DE LOS TITULOS: ESTARAN REPRESENTADOS POR CERTIFICADOS GLOBALES REGIS- TRABLES EN EL MARCO DEL SISTEMA DE DEPOSITO COLECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, EN SU CARACTER DE AGENTE DE REGISTRO DE LOS INSTRUMENTOS DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO (IEP) CREADOS POR EL DECRETO NRO. 340/96.

DENOMINACION MINIMA: AMBOS BONOS SE EMITEN EN DENOMINACIONES MINIMAS DE U$S 1 Y MULTIPLOS ENTEROS DE DICHA CIFRA.

EXENCIONES IMPOSITIVAS: GOZARAN DE TODAS LAS EXENCIONES IMPOSITIVAS DISPUESTAS POR LAS LEYES Y REGLAMENTACIONES VIGENTES EN LA MATERIA.

SERVICIOS FINANCIEROS: LOS PAGOS SE CURSARAN A TRAVES DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA MEDIANTE TRANSFERENCIAS DE FONDOS EN LAS RESPECTIVAS CUENTAS DE EFECTIVO QUE POSEAN LOS TITULARES DE CUENTAS DE REGISTRO EN LOS TERMINOS DEL DECRETO NRO. 340/96.

LEY APLICABLE: ESTOS BONOS SE REGIRAN E INTERPRETARAN SEGUN LAS LEYES DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

JURISDICCION: ES COMPETENCIA PARA ENTENDER EN CAUSAS RELACIONADAS CON LOS BO- NOS LA JUSTICIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL. LA ARGENTINA NO SE HA SOMETIDO A LA JURISDICCION DE LOS TRIBUNALES DE LOS ESTADOS UNIDOS Y NO HA RENUNCIADO A SU DERECHO A ALEGAR INMUNIDAD SOBERANA EN VIRTUD DE LA LEY DE INMUNIDAD SOBERANA DE ESTADOS EXTRANJEROS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE 1976 EN RELACION CON AQUELLAS ACCIONES INICIADAS CONTRA LA REPUBLICA EN RELACION CON LOS TITULOS.

BUENOS AIRES, 14 DE MAYO DE 1999

 

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