Condiciones de Emisión y Monto de los Títulos Públicos Nacionales


BONOS A TASA FLOTANTE EN DOLARES ESTADOUNIDENSES (FRB.X)
 

COTIZACION AUTORIZADA

LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL
DIA DE LA FECHA LA COTIZACION DE LOS TITULOS DENOMINADOS BONOS A TASA FLO-
TANTE EN DOLARES ESTADOUNIDENSES POR LA SUMA DE V/N U$S 8.212.569.000.-,DE
CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVI-
CIOS PUBLICOS.
SOBRE EL PARTICULAR, CABE HACER NOTAR QUE EL PODER EJECUTIVO NACIONAL,MEDIANTE
DECRETO NRO.407 DE FECHA 11.3.93 (PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL EL 16.3.93)
APROBO LOS CONTRATOS E INSTRUMENTOS NECESARIOS PARA FORMALIZAR EL ACUERDO
ALCANZADO CON LA BANCA ACREEDORA DENTRO DE LOS LINEAMIENTOS CONTEMPLADOS EN
EL "PLAN FINANCIERO REPUBLICA ARGENTINA 1992", Y MEDIANTE RESOLUCION NRO.131
DEL 17.5.93 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA SE DISPUSO LA EMISION DE LOS: BONOS
GARANTIZADOS A TASA FLOTANTE DE LA REP. ARG. EN DOLARES ESTADOUNIDENSES, BONOS
GARANTIZADOS A TASA FIJA DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
BONOS GARANTIZADOS A TASA FLOTANTE DE LA REP. ARG. EN MARCOS ALEMANES Y BONOS
GARANTIZADOS A TASA FIJA DE LA REP. ARG. EN MARCOS ALEMANES POR UN TOTAL DE
U$S 16.629.714.000.- Y DMK 566.410.000.-
AL MOMENTO DE LA EMISION DE LOS BONOS ANTES MENCIONADOS,LA DEUDA POR INTERESES


A SER CANJEADAS POR BONOS A TASA FLOTANTE SE ENCONTRABA EN PROCESO DE CONCI-
LIACION, POR LO QUE SE RESOLVIO EN ESA OPORTUNIDAD MANTENERLOS EN UNA CUENTA
ESPECIAL HASTA TANTO LOS BANCOS AGENTES DE LOS CONTRATOS SUSCRIPTOS EN EL
PLAN FINANCIERO 1987, PUDIERA DETERMINAR FEHACIENTEMENTE LOS ACREEDORES
Y LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A CADA UNO DE ELLOS DE MODO DE EVITAR ULTERIORES
DISPUTAS .
CON FECHA 29.10.93 SE ALCANZO A CONCILIAR APROXIMADAMENTE EL 85% DEL PASIVO
ADEUDADO, LO QUE PERMITIO LA LIBERACION PARCIAL DE ESTOS BONOS EN CONSECUEN-
CIA LA SECRETARIA DE FINANZAS, BANCOS Y SEGUROS DEL MINISTERIO DE ECONONIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MEDIANTE RES. NRO. 15 DE FECHA 11.02.94 Y EN
USO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGARA EL ART.2 DEL DECRETO NRO. 407 DEL
11.3.93 Y EL ART. 2 DEL DECRETO NRO. 2453 DEL 26.11.93, DISPUSO LA EMISION
DE ESTOS TITULOS.
ADEMAS SE SE/ALA QUE LA CAJA DE VALORES S.A. INFORMO EL 11.4.94 QUE SE HABIA
SOLICITADO LA REGISTRACION DE LOS BONOS QUE NOS OCUPAN EN LA MISMA.
LAS CARACTERISTICAS DE ESTOS BONOS SON LAS QUE SE DETALLAN A CONTINUACION:
1)FECHA DE EMISION:31 DE MARZO DE 1993
2)PLAZO: SE EMITIERON A 12 A/OS ES DECIR QUE EL RESPECTIVO VENCIMIENTO OPERARA
EL 31 DE MARZO DE 2005
3)NEGOCIACION: LOS BONOS ESTARAN REPRESENTADOS POR LAMINAS DEFINITIVAS Y BONOS
GLOBALES PUDIENDO SER AL PORTADOR (GLOBAL PROVISORIO O PERMANENTE) Y NOMINA-
TIVOS, NEGOCIABLES A TRAVES DE LOS SISTEMAS DE COMPENSACION DE EUROCLEAR Y
CEDEL.
ASIMISMO, MEDIANTE NOTA DEL 24.3.94 EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS INFORMA QUE ESTOS TITULOS HAN SIDO LISTADOS EN LA BOLSA
DE LUXEMBURGO.
4)INTERESES: ESTOS BONOS DEVENGARAN INTERESES SEMESTRALES, HABIENDO OPERADO
EL PRIMER SERVICIO EL 30.09.93
PARA LOS FINES DE CALCULAR LA TASA DE INTERES PAGADERA SOBRE LOS BONOS, LA
ARGENTINA, DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO DE AGENCIA FINANCIERA, HA DESIGNA-
DO A CITIBANK, N.A. COMO AGENTE DE CALCULO, LA TASA DE INTERES PAGADERA PE-
RIODICAMENTE RESPECTO DE LOS BONOS SE DETERMINARA SOBRE LA BASE DE LAS SGTES.
DISPOSICIONES:
EL SEGUNDO DIA HABIL BANCARIO EN LONDRES ANTES DEL INICIO DE UN PERIODO DE IN-
TERES, EL AGENTE DE CALCULO DETERMINARA LA TASA ANUAL QUE CADA UNO DE LOS
BANCOS QUE FIGURAN EN LA PAGINA LIBOR DEL MONITOR REUTER OFRECE PARA LOS
DEPOSITOS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES POR UN PERIODO DE INTERESES DE 6 MESES
QUE COMIENCE DOS DIAS HABILES BANCARIOS EN LONDRES DESPUES DE LA FECHA DE
DETERMINACION DE INTERESES, A LOS PRINCIPALES BANCOS DEL MERCADO INTERBANCARIO
DE LONDRES TAL COMO SE COTIZAN EN LA PAGINA LIBOR DEL MONITOR DE REUTERS A LAS
11:00 A.M. (HORA DE LONDRES) DE DICHA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES.
LA TASA DE INTERES PARA DICHO PERIODO DE INTERESES SERA SALVO LO QUE SE ESTI-
PULA MAS ABAJO, EL 13/16% ANUAL SOBRE EL PROMEDIO (REDONDEADO EN MAS, SI NO
ES UN MULTIPLO ENTERO DE 1/16%, HASTA EL 1/16% MAS PROXIMO) DE DICHAS
COTIZACIONES OFRECIDAS (QUE SEAN POR LO MENOS DOS) TAL COMO FIGURAN EN LA
PAGINA LIBOR DEL MONITOR REUTER Y SEGUN LO DETERMINE EL AGENTE DE CALCULO.
SI EN CUALQUIER FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES NO FIGURARA LA PAGINA
LIBOR DEL MONITOR DE REUTER O SOLO APARECIERA UNA DE DICHAS COTIZACIONES
OFRECIDAS, ENTONCES SE APLICARA LA SGTE. NORMA. A) EL AGENTE DE CALCULO
SOLICITARA A LA OFICINA PRINCIPAL EN LONDRES DE CADA BANCO DE REFERENCIA QUE
LE PROPORCIONE LA TASA ANUAL QUE CADA UNO DE ELLOS OFRECE PARA LOS DEPOSITOS
EN DOLARES ESTADOUNIDENSES POR UN PERIODO DE INTERESES DE SEIS MESES QUE
COMIENCE DOS DIAS HABILES BANCARIOS DESPUES DE LA FECHA DE DETERMINACION DE
INTERESES A LOS PRINCIPALES BANCOS DEL MERCADO INTERBANCARIO DE LONDRES POR
UN MONTO SUBSTANCIALMENTE IGUAL A U$S 5.000.000 A LAS 11.00 A.M. (HORA DE
LONDRES) DE DICHA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES, LA TASA DE INTERES
PARA DICHO PERIODO DE INTERESES SERA, SALVO LO QUE SE ESTIPULA MAS ABAJO,
EL 13/16% ANUAL SOBRE EL PROMEDIO (REDONDEADO COMO SE INDICA PRECEDENTEMENTE)
DE DICHAS COTIZACIONES OFRECIDAS SEGUN LO DETERMINE EL AGENTE DE CALCULO B)SI
SOLAMENTE DOS DE LOS BANCOS DE REFERENCIA PROPORCIONAN DICHAS COTIZACIONES
OFRECIDAS, LA TASA DE INTERES PARA EL PERIODO DE INTERESES PERTINENTE SE
DETERMINARA COMO SE DESCRIBE PRECEDENTEMENTE SOBRE LA BASE DE LAS COTIZACIONES
OFRECIDAS DE AQUELLOS BANCOS DE REFERENCIA QUE PROPORCIONEN DICHAS COTIZACIO-
NES C)SI NINGUNO O SOLAMENTE UNO DE LOS BANCOS DE REFERENCIA LE PROPORCIONA
UNA COTIZACION OFRECIDA AL AGENTE DE CALCULO, LA TASA DE INTERES PARA EL PE-
RIODO DE INTERESES PERTINENTE SERA LA TASA ANUAL QUE EL AGENTE DE CALCULO
DETERMINE QUE SEA 13/16 % ANUAL POR ENCIMA DE LA MEDIA ARITMETICA DE LAS
TASAS ACTIVAS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES QUE LOS PRINCIPALES BANCOS DE
LA CIUDAD DE NUEVA YORK SELECCIONADOS POR EL AGENTE DE CALCULO LUEGO DE
REALIZAR CONSULTAS CON UN FUNCIONARIO AUTORIZADO DE LA ARG., COTIZAN A LAS
11.00 A.M. (HORA DE LONDRES) EN LA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES PARA
EL PERIODO DE INTERESES PERTINENTES A LAS OFICINAS PRINCIPALES EN LONDRES.
DE LOS BANCOS DE REFERENCIA O DE AQUELLOS BANCOS DE REFERENCIA (COMO MINIMO
DOS), A LOS CUALES, EN OPINION DEL AGENTE DE CALCULO, SE EFECTUAN DICHAS
COTIZACIONES, O (B) EN EL CASO DE QUE EL AGENTE DE CALCULO NO PUDIERA OBTE-
NER DOS DE DICHAS COTIZACIONES 13/16% ANUAL POR ENCIMA DE LA TASA ACTIVA
EN DOLARES ESTADOUNIDENSES MAS BAJA QUE LOS PRINCIPALES BANCOS DE LA CIUDAD
DE NUEVA YORK, SELECCIONADOS POR EL AGENTE DE CALCULO LUEGO DE REALIZAR
CONSULTAS CON UN FUNCIONARIO AUTORIZADO DE LA ARGENTINA, COTIZAN EN LA FECHA
DE DETERMINACION DE INTERES PARA EL PERIODO DE INTERESES PERTINENTE A LOS
PRINCIPALES BANCOS INTERNACIONALES ESTIPULANDOSE QUE SI LOS BANCOS SELECCIONA-
DOS POR EL AGENTE DE CALCULO DEL MODO INDICADO PRECEDENTEMENTE NO PROPORCIONA-
RAN LAS COTIZACIONES PERTINENTES,LA TASA DE INTERES PARA EL PERIODO DE INTERE-
SES SIGUIENTES SERA LA TASA DE INTERES VIGENTE PARA EL PERIODO DE INTERESES
INMEDIANTAMENTE ANTERIOR AL CUAL SE HAYAN APLICADO LOS PARRAFOS PRECEDENTES.
LA GENTE DE CALCULO, TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUES DE LAS 11:00 A.M.
(HORA DE LONDRES)DE CADA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES DETERMINARA LA
TASA DE INTERES Y CALCULARA EL MONTO DE LOS INTERESES PAGADEROS SOBRE CADA
U$S 1000.-(EL"MULTIPLO MINIMO") DEL MONTO DE LOS INTERESES SE CALCULARA
MEDIANTE (I) LAS APLICACION DE LA TASA DE INTERES AL MULTIPLO MINIMO, (II)
LA MULTIPLICACION DE DICHO MONTO POR LA CANTIDAD REAL DE DIAS DEL PERIODO
DE INTERESES Y (III) LA DIVISION POR 360, REDONDEANDO EL RESULTADO AL CENTAVO
ENTERO MAS PROXIMO. LOS INTERESES PAGADEROS SOBRE LOS MONTOS DE CAPITAL DE
LOS BONOS SE CALCULARAN MULTIPLICANDO EL MONTO DE LOS INTERESES POR UNA
FRACCION CUYO NUMERADOR SERA EL MONTO DE CAPITAL DE DICHO BONO Y CUYO DENO-
MINADOR SERA EL MULTIPLO MINIMO Y LA CIFRA RESULTANTE SE REDONDEARA HASTA EL
DOLAR MAS PROXIMO (MEDIO DOLAR SE REDONDEARA EN MAS)
LA DETERMINACION DE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO DE LOS INTERESES POR PARTE
DEL AGENTE DE CALCULO SERA, A FALTA DE ERROR MANIFIESTO, DEFINITIVA Y VINCU-
LANTE PARA TODAS LAS PARTES.
EL AGENTE DE CALCULO DISPONDRA QUE SE NOTIFIQUE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO
DE LOS INTERESES PARA CADA PERIODO DE INTERESES Y LA FECHA DE PAGO DE INTERE-
SES PERTINENTE AL AGENTE FINANCIERO (LA BOLSA DE LUXEMBURGO O CUALQUIER OTRA
BOLSA EN LA CUAL ESTEN INSCRIPTOS LOS BONOS, EN TANTO LOS MISMOS PERMANECERAN
INSCRIPTOS ALLI, Y A LA ARG.) Y EMPLEARA SU MAYOR EMPE/O PARA DISPONER LA PU-
BLICACION DE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO CORRESPONDIENTE A LA RENTA, TAN
PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUES DE CADA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES
PERO BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DESPUES DEL QUINTO DIA HABIL POSTERIOR A LA
MISMA.
TASA DE INTERES Y CALCULARA EL MONTO DE LOS INTERESES PAGADEROS SOBRE CADA
U$S 1000.-(EL"MULTIPLO MINIMO") DEL MONTO DE LOS INTERESES SE CALCULARA
MEDIANTE (I) LAS APLICACION DE LA TASA DE INTERES AL MULTIPLO MINIMO, (II)
LA MULTIPLICACION DE DICHO MONTO POR LA CANTIDAD REAL DE DIAS DEL PERIODO
DE INTERESES Y (III) LA DIVISION POR 360, REDONDEANDO EL RESULTADO AL CENTAVO
ENTERO MAS PROXIMO. LOS INTERESES PAGADEROS SOBRE LOS MONTOS DE CAPITAL DE
LOS BONOS SE CALCULARAN MULTIPLICANDO EL MONTO DE LOS INTERESES POR UNA
FRACCION CUYO NUMERADOR SERA EL MONTO DE CAPITAL DE DICHO BONO Y CUYO DENO-
MINADOR SERA EL MULTIPLO MINIMO Y LA CIFRA RESULTANTE SE REDONDEARA HASTA EL
DOLAR MAS PROXIMO (MEDIO DOLAR SE REDONDEARA EN MAS)
LA DETERMINACION DE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO DE LOS INTERESES POR PARTE
DEL AGENTE DE CALCULO SERA, A FALTA DE ERROR MANIFIESTO, DEFINITIVA Y VINCU-
LANTE PARA TODAS LAS PARTES.
EL AGENTE DE CALCULO DISPONDRA QUE SE NOTIFIQUE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO
DE LOS INTERESES PARA CADA PERIODO DE INTERESES Y LA FECHA DE PAGO DE INTERE-
SES PERTINENTE AL AGENTE FINANCIERO (LA BOLSA DE LUXEMBURGO O CUALQUIER OTRA
BOLSA EN LA CUAL ESTEN INSCRIPTOS LOS BONOS, EN TANTO LOS MISMOS PERMANECERAN
INSCRIPTOS ALLI, Y A LA ARG.) Y EMPLEARA SU MAYOR EMPE/O PARA DISPONER LA PU-
BLICACION DE LA TASA DE INTERES Y EL MONTO CORRESPONDIENTE A LA RENTA, TAN
PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUES DE CADA FECHA DE DETERMINACION DE INTERESES
PERO BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DESPUES DEL QUINTO DIA HABIL POSTERIOR A LA
MISMA.

AL RESPECTO SE SE/ALA QUE MEDIANTE NOTA DEL 23.6.94 EL MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS INFORMO QUE LA TASA DE INTERES POR EL PERIODO
COMPRENDIDO ENTRE EL 31.03.94 Y EL 31.09.94 ES DEL 5,00% P.A.
LA EXPRESION "BANCOS DE REFERENCIA" SIGNIFICA LA OFICINA PRINCIPAL EN LONDRES
DE: LLOYDS BANK PLC, DE BANK OF TOKYO, LTD. Y CITIBANK, N.A.
5)AMORTIZACION: SE EFECTUARA EN 19 CUOTAS SEMESTRALES, CONSECUTIVAS Y CRECIEN-
TES EQUIVALENTES LAS 7 PRIMERAS AL 1% LA OCTAVA AL 5% Y DE LA NOVENA A LA
DECIMA NOVENA AL 8% OPERANDO LA PRIMERA DE ELLAS EL 31.03.96.
6)VENCIMIENTO EN DIA INHABIL: DIA HABIL BANCARIO EN LONDRES SIGNIFICA UN
DIA EN EL CUAL LOS BANCOS ESTAN ABIERTOS PARA REALIZAR OPERACIONES EN LONDRES
Y SE LLEVAN A CABO NEGOCIACIONES EN EL MERCADO INTERBANCARIO DE LONDRES
SI LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE CUALQUIER MONTO DE CAPITAL Y/O
DE LOS INTERESES SOBRE ESTE BONO (O CUALQUIER MONTO ADICIONAL RESPECTO DEL
MISMO) NO FUERA UN DIA HABIL, O EN EL CASO DE QUE DICHO PAGO SE EFECTUARA
EN LA OFICINA DE UN AGENTE DE PAGO QUE NO ESTE SITUADO EN LONDRES, UN DIA
EN QUE SE REQUIERE O AUTORIZA EL CIERRE DE LOS BANCOS DE ESA LOCALIDAD, EN-
TONCES NO SERA FORZOSO EFECTUAR EL PAGO HASTA EL DIA SGTE.QUE SEA UN DIA HABIL
Y EL TENEDOR DE ESTE BONO O CUALQUIER CUPON PERTENECIENTE AL MISMO NO TENDRA
DEREHCO A NINGUN INTERES ADICIONAL U OTRO PAGO RESPECTO DE DICHA DEMORA,
Y EN EL CASO QUE EN EL DIA HABIL SUBSIGUIENTE SE PRODUJERA EN UN MES CALENDA-
RIO SUBSIGUIENTE, DICHA FECHA DE PAGO DE INTERESES Y/O DE CAPITAL SERA EL DIA
HABIL INMEDIATAMENTE ANTERIOR.

7)CATEGORIA: ESTOS BONOS CONSTITUYEN UNA OBLIGACION DIRECTA, GRAL. E INCONDI-
CIONAL DE LA ARG., Y LA REP. ARG. COMPROMETE SU BUENA FE Y CREDITO POR EL
PAGO DEBIDO Y PUNTUAL DEL CAPITAL Y LOS INTERESES DE ESTE BONO Y POR EL
CUMPLIMIENTO DEBIDO Y PUNTUAL DE TODAS LAS OBLIGACIONES DE LA ARG. EN VIRTUD
DEL PRESENTE.
8)MONEDA DE PAGO: TODOS LOS PAGOS RESPECTO DE ESTOS TITULOS SE EFECTUARAN
EN LA MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA QUE EN EL MOMENTO DEL PAGO
TENGA CURSO LEGAL DENTRO DE LOS MISMOS PARA EL PAGO DE LA DEUDA PUBLICA Y
PRIVADA.
9)AGENTES: LA REP. ARG. HA NOMBRADO, ENTRE OTRAS FUNCIONES, A LOS SIGUIENTES
AGENTES: AGENTE DE CALCULO: CITIBANK
AGENTE DE PAGOS: RESPECTO DE LOS BONOS NOMINATIVOS, OFICINAS DE
CITIBANK Y DE CBL EN LUXEMBURGO; RESPECTO DE LOS
BONOS AL PORTADOR: OFICINAS DE CITIBANK EN LONDRES
Y DE CBL EN LUXEMBURGO
10)RESCATE OPTATIVO: ESTOS BONOS PODRAN SER RESCATADOS SIN PRIMA NI MULTA, EN
CUALQUIER FECHA DE PAGO DE INTERES A OPCION DE LA ARG.TOTAL O PARCIALMENTE
MEDIANTE AVISO, A UN PRECIO DE RESCATE IGUAL AL MONTO DE CAPITAL DE LOS MISMOS
JUNTO CON EL MONTO DE LOS INTERESES DEVENGADOS E IMPAGOS A LA FECHA DE RESCATE
11)DENOMINACION MINIMA: CONFORME SURGE DEL ANEXO I) DE LA MENCIONADA RES. NRO.
15, EL BONO DE MENOR DENOMINACION SERA DE V/N U$S 250.000
12)LEY APLICABLE:LOS BONOS ESTAN GOBERNADOS Y HAN SIDO DISE/ADOS CON LAS LEYES
DEL ESTADO DE NUEVA YORK DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
13) EXENCIONES TRIBUTARIAS: CONFORME SE INDICA EN LA NOTA DEL MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DEL 24.3.94, TODOS Y CADA UNO
DE LOS PAGOS SE EFECTUARAN LIBRES Y NETOS Y SIN NINGUNA DEDUCCION EN CON-
CEPTO DE TODOS Y CUALQUIER IMPUESTO GRAVAMEN, AFECTACION, DEDUCCION, CARGO
O RETENCION PRESENTE O FUTURO APLICADOS POR LA ARG., O CUALQUIER OTRA JURIS-
DICCION DESDE LA CUAL, O TRAVES DE LA CUAL SE EFECTUE CUALQUIER PAGO.
LA EXENCION IMPOSITIVA SOBRE LOS PAGOS DERIVADOS DE LOS TITULOS NO INCLUYE
LOS IMPUESTOS ARGENTINOS QUE GRAVEN O PUEDAN GRAVAR A LOS TITULOS O A SUS
GANANCIAS Y QUE RESULTEN A CARGO DE PERSONAS FISICAS O JURIDICAS ARGENTINAS
O PERSONAS QUE TENGAN ESTABLECIMIENTO O ASIENTO PERMANENTE DE NEGOCIOS EN
LA ARGENTINA.

BS.AS, 29 DE JUNIO DE 1994

 

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