Condiciones de Emisión y Monto de los Títulos Públicos Nacionales |
BONOS GARANTIZADOS NF18 |
ADMISION AL REGIMEN DE COTIZACIN DE TITULOS PUBLICOS AVISO COTIZACION AUTORIZADA BONOS GARANTIZADOS NF18 LA BOLSA DE COMERCIO HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA ADMISION A LA COTIZCION DE LOS TITULOS DENOMINADOS BONOS GARANTIZADOS NF18 POR V$N 16.888.049.257 QUE SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN LA CAJA DE VALORES S.A. DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE: EMISOR: BANCO DE LA NACION ARGENTINA EN SU CARACTER DE FIDUCIARIO DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL EMISION RESUELTA POR: DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NRO. 1579/02 DICTADO EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL ART. 99 INCISO 3 DE LA CONSTITUCION NACIONAL REATIFICADO POR LA LEY NRO. 25.725 ART.62 RESOLUCION DEL MINISTERIO DE ECONO MIA NRO. 539/02 Y SUS COMPLEMENTARIAS Y MODIFICATORIAS NROS. 624/02 Y 37/03 PRINCIPALES TERMINOS Y CONDICIONES DE LOS TITULOS: FECHA DE EMISION: 04.02.02 FECHA DE VTO.: 04.02.18 PLAZO: 16 A/OS INTERESES: DEVENGAN INTERESES A UNA TASA ANUAL FIJA DEL DOS POR CIENTO. LOS INTERESES SE CAPITALIZARON HASTA EL 04.09.02 Y SE PAGAN MENSUALMENTE EL PRIMER VTO. OPERO EL 04.10.02 LOS SERVICIOS FINANCIEROS VENCIDOS AL 04.11.03 DE LOS PRESENTES BONOS FUERON ABONADOS EN SU TOTALIDAD A LOS EFECTOS DEL CALCULO DE INTERESES SE UTILIZARA LA CONVERSION ACTUAL/365 AMORTIZACION: SE EFETUARA EN CIENTO CINCUENTA Y SEIS CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS, SIENDO LAS 60 PRIMERAS CUOTAS EQUIVALENTES AL 0,40%, LAS CUARENTA Y OCHO SIGUIENTES CUOTAS EQUIVALENETS AL 0,60%, LAS CUARENTA Y SIETE RESTANTES CUOTAS EQUIVALENTES AL 0,98% Y UNA ULTIMA CUOTA AL 1,14%. VENCIENDO LA PRIMERA DE ELLAS EL 04.03.05 COEFICIENTE DE ESTABILIZACION DE REFERENCIA CER: EL SALDO DE CAPITAL DE LOS BONOS SE AJUSTA CONFORME AL COEFICIENTE DE ESTABILIZACION DE REFERENCIA CER REFERIDO EN EL ART. 4 DEL DECRETO NRO. 214/02 EL CER A UTILIZAR PARA EL SERVICIO DE DEUDA SERA EL PUBLICADO EL QUINTO DIA HABIL ANTERIOR AL VTO. DEL CUPON CORRESPONDIENTE. GARANTIA: ESTOS INSTRUMENTOS TENDRAN COMO GARANTIA PRINCIPAL LA CESION Y TRANSFERENCIA AL BANCO DE LA NACION ARG. FIFUCIARIO DE LA PROPIEDAD FIDUCIARIA DE 1)HASTA UN MAXIMO DEL QUINCE POR CIENTO DE LOS RECURSOS DEL REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A LA PROVINCIA TITULAR DE LA DEUDA PUBLICA CONVERTIDA LA CESION DE PAGO TENDRA EL SIGUIENTE ORDEN DE PRELACION A)DEUDAS DE LAS PROVINCIAS CON EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL EN EL MARCO DEL ART. 11 TERCER PARRAFO DEL DECRETO 1579/02 A.1 PAGOS DE GASTOS Y COMISIONES A.2 PAGOS DE SERVICIOS DE INTERESES. A.3 PAGOS DE AMORTIZACION DE CAPITAL B) BONOS GARANTIZADOS B.1) PAGOS DE GASTOS Y COMISIONES B.2) PAGOS DE SERVICIOS DE INTERESES B.3) PAGOS DE AMORTIZACION DE CAPITAL B.4. REPAGO DE LA GARANTIA SUBSIDIARIO DEL ESTADO NACIONAL 2)LOS RECURSOS DEL REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS NECESA RIOS PARA AFRONTAR LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EMISION DE LOS BONOS EN EL CASO DE AQUELLAS PROVINCIAS QUE ENCOMENDARON LA CONVERSION DE DEUDAS EN EL MARCO DEL ART. 12 DEL DECRETO 1579/02 3)GARANTIA SUBSIDIARIA DEL ESTADO NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE CAPITAL E INTERESES DE LOS TITULOS HASTA SU EXTINCION EN EL SIGUIENTE ORDEN DE PRELACION CON LOS RECURSOS PROVENIENTES DE A) EL IMPUESTO SOBRE DEBITOS Y CREDITOS EN CUENTA CORRIENTE BANCARIA ESTABLECIDO POR LA LEY 25.413 CON LA MODIFICACION ESTABLECIDA POR LA LEY 25.453 CON SUS MODIFICATORIAS POSTERIORES B) TODOS LOS DEMAS RECURSOS DEL REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS CORRESPONDIENTES AL ESTADO NACIONAL EN DISTRIBUCION SECUNDARIA EXCLUIDOS LOS RECURSOS QUE LE CORRESPONDEN A LA SEGURIDAD SOCIAL, POR HASTA LA SUMA QUE RESULTE NECESARIA PARA LA COBERTURA DE LOS SERVICIOS DE LOS BONOS GARANTIZADOS LOS RECUROS PARA EL PAGO DE LOS SERVICIOS DE LA DEUDA DEBERAN QUEDAR INTEGRADOS DOS DIAS HABILES ANTES DEL VTO. DEL CUPON DEL BONO, A CUYO FIN EL BANCO DE LA NACION ARG. EFECTUARA LAS RETENCIONES DIARIAS QUE CORRESPONDAN DENOMINACION MINIMA: V$N 1 LEY APLICABLE: LEY ARGENTINA TITULARIDAD Y NEGOCIACION: LOS BONOS SERAN ESCRITURALES Y NEGOCIABLES EN BOLSAS Y MERCADOS DE VALORES DEL PAIS AGENTE DE REGISTRO CAJA DE VALORES S.A. CODIGO ISIN: ARBNAC030255 CODIGO C.F.I.; D-B-F-T-T-R. RESCATE ANTICIPADO: EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SE ENCUENTRA FACULTADO PARA DISPONER EL RESCATE ANTICIPADO DE LA TOTALIDAD O PARTE DE LOS TITULOS QUE SE EMITAN POR SU VALOR NOMINAL MAS INTERESES CORRIDOS OPCION DE CANJE POR PAGARE: A OPCION DE SU TENEDOR, CUANDO SEA UNA ENTIDAD BANCARIA Y FINANCIERA REGULADA POR LA ELY 21.526 Y MODIFICATORIAS, LOS BONOS PODRAN SER CANJEADOS EN TODO O EN PARTE POR PAGARES QUE TENDRAN IDEN TICAS CONDICIONES QUE LAS DEL BONO. DICHOS PAGARES SOLO SERAN TRANSFERIBLES ENTRE ENTIDADES BANCARIAS Y FINANCIERAS REGULADAS POR LA LEY 21.526 Y MODIFI- TORIAS. AGENTE FINANCIERO Y DE PAGO BANCO DE LA NACION ARGENTINA DESTINO DE LA EMISION: LOS PRESENTES BONOS FUERON ENTREGADOS EN VIRTUD DE LA CONVERSION DE DEUDA PUBLICA PROVINCIAL DISPUESTA POR EL DECRETO NRO. 1579/02 Y NORMAS CONCORDANTES. |
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