AVISO
COTIZACION AUTORIZADA
DE CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO
POR LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ESTA
BOLSA DE COMERCIO
HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA
ADMISION A LA COTI-
ZACION DE LOS VALORES ESCRITURALES DENOMINADOS BONOS DE
CONSOLIDACION EN
DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE (PRO4) POR V/N U$S
23.674.360 TENIEN-
DO EN CUENTA QUE LA CAJA DE VALORES S.A. COMUNICO QUE
DICHO MONTO SE ENCUENTRA
INSCRIPTO EN EL RESPECTIVO REGISTRO ESCRITURAL.
EN RAZON DE QUE LA CITADA SECRETARIA DE HACIENDA REQUIRIO
DICHA COTIZACION
SIN FIJAR MONTO ALGUNO, DADO QUE LO ESTABLECERA UNA VEZ
CONOCIDO EL IMPORTE
DE LA DEUDA A CANCELAR MEDAINTE LA ENTREGA DE ESTOS
VALORES, SE DEJA CONS-
TANCIA QUE ESTA ASOCIACION PROCEDERA A OTORGARLA POR LOS
MONTOS QUE EL EMISOR
INFORME QUE HAN SIDO EMITIDOS Y QUE SE ENCUENTREN
REGISTRADOS EN LA ALUDIDA
CAJA DE VALORES
LA EMISION HA SIDO DISPUESTA POR LEY NRO. 24.411 DEL 28.12.94,
LOS
DECRETOS NROS. 403 (REGLAMENTARIO DE DICHA NORMA LEGAL) Y
726 DE FECHAS
29.8.95 Y 4.8.97, EN ESE ORDEN, Y LA RESOLUCION NRO. 389
DEL 4.9.97 DE
LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL CITADO MINISTERIO, EN LOS
TERMINOS DE LA LEY
AVISO
COTIZACION AUTORIZADA
BONOS DE CONSOLIDACION EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
SEGUNDA SERIE (PRO4)
DE
CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO POR LA SECRETARIA DE
HACIENDA DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ESTA
BOLSA DE COMERCIO
HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA
ADMISION A LA COTI-
ZACION DE LOS VALORES ESCRITURALES DENOMINADOS BONOS DE
CONSOLIDACION EN
DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE (PRO4) POR V/N U$S
23.674.360 TENIEN-
DO EN CUENTA QUE LA CAJA DE VALORES S.A. COMUNICO QUE
DICHO MONTO SE ENCUENTRA
INSCRIPTO EN EL RESPECTIVO REGISTRO ESCRITURAL.
EN RAZON DE QUE LA CITADA SECRETARIA DE HACIENDA REQUIRIO
DICHA COTIZACION
SIN FIJAR MONTO ALGUNO, DADO QUE LO ESTABLECERA UNA VEZ
CONOCIDO EL IMPORTE
DE LA DEUDA A CANCELAR MEDAINTE LA ENTREGA DE ESTOS
VALORES, SE DEJA CONS-
TANCIA QUE ESTA ASOCIACION PROCEDERA A OTORGARLA POR LOS
MONTOS QUE EL EMISOR
INFORME QUE HAN SIDO EMITIDOS Y QUE SE ENCUENTREN
REGISTRADOS EN LA ALUDIDA
CAJA DE VALORES
LA EMISION HA SIDO DISPUESTA POR LEY NRO. 24.411 DEL 28.12.94,
LOS
DECRETOS NROS. 403 (REGLAMENTARIO DE DICHA NORMA LEGAL) Y
726 DE FECHAS
29.8.95 Y 4.8.97, EN ESE ORDEN, Y LA RESOLUCION NRO. 389
DEL 4.9.97 DE
LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL CITADO MINISTERIO, EN LOS
TERMINOS DE LA LEY
AVISO
COTIZACION AUTORIZADA
BONOS DE CONSOLIDACION EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
SEGUNDA SERIE (PRO4)
DE
CONFORMIDAD CON LO SOLICITADO POR LA SECRETARIA DE
HACIENDA DEL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ESTA
BOLSA DE COMERCIO
HA RESUELTO AUTORIZAR A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, LA
ADMISION A LA COTI-
ZACION DE LOS VALORES ESCRITURALES DENOMINADOS BONOS DE
CONSOLIDACION EN
DOLARES ESTADOUNIDENSES SEGUNDA SERIE (PRO4) POR V/N U$S
23.674.360 TENIEN-
DO EN CUENTA QUE LA CAJA DE VALORES S.A. COMUNICO QUE
DICHO MONTO SE ENCUENTRA
INSCRIPTO EN EL RESPECTIVO REGISTRO ESCRITURAL.
EN RAZON DE QUE LA CITADA SECRETARIA DE HACIENDA REQUIRIO
DICHA COTIZACION
SIN FIJAR MONTO ALGUNO, DADO QUE LO ESTABLECERA UNA VEZ
CONOCIDO EL IMPORTE
DE LA DEUDA A CANCELAR MEDAINTE LA ENTREGA DE ESTOS
VALORES, SE DEJA CONS-
TANCIA QUE ESTA ASOCIACION PROCEDERA A OTORGARLA POR LOS
MONTOS QUE EL EMISOR
INFORME QUE HAN SIDO EMITIDOS Y QUE SE ENCUENTREN
REGISTRADOS EN LA ALUDIDA
CAJA DE VALORES
LA EMISION HA SIDO DISPUESTA POR LEY NRO. 24.411 DEL 28.12.94,
LOS
DECRETOS NROS. 403 (REGLAMENTARIO DE DICHA NORMA LEGAL) Y
726 DE FECHAS
29.8.95 Y 4.8.97, EN ESE ORDEN, Y LA RESOLUCION NRO. 389
DEL 4.9.97 DE
LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL CITADO MINISTERIO, EN LOS
TERMINOS DE LA LEY
LEY
NRO. 2.982/91.
ESTOS BONOS SERAN ENTREGADOS COMO BENEFICIO
EXTRAORDINARIO A LOS CAUSAHA-
BIENTES DE LAS PERSONAS EN SITUACION DE DESAPARICION
FORZADA, A SU VALOR
TECNICO A LA FECHA DEL RECONOCIMIENTO DE CADA BENEFICIO,
EN LA CANTIDAD
NECESARIA PARA CUBRIR EL IMPORTE DE LA OBLIGACION A LA
MISMA FECHA.
SUS CARACTERISTICAS Y CONDICIONES SON IDENTICAS A LAS DE
LOS TITULOS
DE LA PRIMERA SERIE QUE FUERAN PUBLICADAS EN EL BOLETIN
DIARIO DE ESTA
ASOCIACION EL 07.7.92 CON LAS STES.EXCEPCIONES (VER
INF,CONSO,PRO2.,CEP)
1RA. SERIE 2DA SERIE
FECHA DE EMISION 01.04.91 28.12.94
VENCIMIENTO DEL PRIMER SERVICIO
DE RENTA Y AMORTIZACION 01.05.97 28.01.2001
LOS
SERVICIOS FINANCIEROS SE PAGARAN A TRAVES DE LOS BANCOS
ESTABLECIDOS
EN EL PAIS Y DE LA CAJA DE VALORES S.A.
TENDRAN
EL TRATAMIENTO IMPOSITIVO PREVISTO EN EL ART. 36 BIS DE
LA LEY
NRO. 23.962 MODIFICATORIA DEL REGIMEN DE OBLIGACIONES
NEGOCIABLES CREADO
POR LA LEY NRO. 23.576, CON LAS MODIFICACIONES
ESTABLECIDAS POR EL DECRE-
TO NRO. 1076 DE FECHA 2.7.92. LOS TITULOS QUEDAN EXENTOS
DEL IMPUESTO ES-
TABLECIDO EN LA LEY NRO. 23.966, TITULO VI, DE IMPUESTO
SOBRE LOS BIENES
PERSONALES, TEXTO ORDENADO 1997.
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